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miércoles, 16 de mayo de 2012

LA INSOSTENIBLE SITUACIÓN DE LOS CENTROS DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS

 Trancribimos el Comunicado sobre los CIES que realicen juaces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales


LA INSOSTENIBLE SITUACIÓN DE LOS CENTROS DE INTERNAMIENTO DE
EXTRANJEROS
Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales quieren llamar la
atención de la opinión pública sobre la situación de los ciudadanos extranjeros sin
residencia legal, privados de libertad en centros de internamiento (CIES),
especialmente ahora que la situación económica se ceba en este y otros colectivos en
precaria situación económica.
Estas personas, hombres y mujeres (incluso niños y niñas) que no han
cometido ningún delito, se hallan no obstante ingresados en un centro del que no
pueden salir libremente, mediante autorización del Juez de Guardia competente y por
un período máximo de 60 días, que con frecuencia se impone de forma automática en
su totalidad, a la espera de su expulsión del territorio nacional, motivada
exclusivamente por carecer de una autorización administrativa.
La especial vulnerabilidad del colectivo, en relación al cual los responsables
políticos, en fechas recientes, han anunciado la voluntad de suprimir derechos tan
básicos como el acceso a la asistencia sanitaria, se ve incrementada con
identificaciones y detenciones arbitrarias basadas únicamente en su perfil étnico. Así lo
denunciaron, en marzo de 2010, 141 asociaciones, presentando públicamente una
queja al Ministerio del Interior pidiendo el cese de las prácticas policiales generalizadas
tras la Circular núm. 1/2010, de 25 de enero, de la Comisaría General de Extranjería y
Fronteras, constatándose casos de hostigamiento que acabaron forzando la renuncia
de algunas personas extranjeras a las actividades de formación o laborales que
desarrollaban a diario, perjudicando precisamente su integración social. Situaciones
denunciadas también por la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia
(ECRI), en sus informes sobre España en 2006 y 2011.
Por otra parte, otra cuestión que incide en el mal trato padecido por el
colectivo es la relativa al hecho de que, siendo la finalidad del internamiento
exclusivamente la de hacer posible la expulsión, en el año 2011, la mitad de las
personas extranjeras internadas no fueron finalmente expulsadas, convirtiendo en
gratuita e inadecuada la privación de libertad previa. Ello sucedió bien por carecer la
persona a expulsar de documentación que les señale como nacionales de un
determinado país o incluso porque, teniéndola, el estado del que son nacionales no les
ha readmitido. En muchos casos estos datos son susceptibles de obtención antes de
autorizar el internamiento, ES DECIR SE SABE QUE EL INTERNAMIENTO NO ESTÁ
JUSTIFICADO PARA UNA EXPULSIÓN QUE ES IMPOSIBLE. Efectivamente, según datos
ofrecidos recientemente por el Gobierno, 13.241 extranjeros fueron internados en los
centros de internamiento de extranjeros (CIE) españoles. De ellos, solo 6.825 (el 51,5
%) llegaron a ser finalmente expulsados. Por lo tanto, casi 6.500 personas fueron
privadas de libertad sin que la expulsión llegara a materializarse.
El tercer punto de atención es el relativo a los propios centros de
internamiento, de carácter no penitenciario según la ley, que no están regulados a día
de hoy pese a que hace ya dos años que se previó legalmente la elaboración de un
reglamento. Se ha anunciado no obstante, su próxima promulgación.
Los actualmente abiertos, 9 en todo el territorio nacional, han sido objeto de
informes específicos emitidos por el Defensor del Pueblo, la Fiscalía General del
Estado, y diversas organizaciones sociales, que han descrito violaciones de derechos
fundamentales, tales como el derecho a la integridad física y moral, a la no
discriminación y a la asistencia socio sanitaria y jurídica entre otras. Sus instalaciones,
en algunos casos en antiguos establecimientos penitenciarios son deficitarias desde el
punto de vista de las condiciones mínimas de habitabilidad e higiene, atención médica,
de visitas de familiares y ONGs, de comunicaciones, y de libertad.
Por último y si bien puede señalarse como una mejora frente a la situación
anterior el hecho de que se haya previsto el control específico de los CIES por parte de
un concreto Juez de Guardia en cada partido judicial donde éstos existen tras la
entrada en vigor de la Ley 2/2009, lo cierto es que casi tres años más tarde no en todos
los territorios existe designación efectiva y en todos los casos, la pasividad de las
administraciones implicadas, incluido el Consejo General del Poder Judicial, ha
abocado a la absoluta indeterminación no sólo del Reglamento aplicable, sino de las
posibilidades de inspección, de actividades de formación específica, y de las mínimas
normas procedimentales y los recursos humanos y materiales precisos para la
tramitación de los expedientes de quejas y reclamaciones de las personas recluidas,
que debe ser preferente en cuanto afecte a sus derechos fundamentales.
Por todo ello Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales
reclaman de los operadores jurídicos el que se extremen las cautelas a la hora de
adoptar la medida de privación de libertad en relación a extranjeros sin residencia
legal, restringiéndola exclusivamente a los supuestos en que la expulsión se vea
como potencialmente factible. Igualmente demandados de los poderes públicos,
legislativo y ejecutivo, el reconocimiento efectivo de los derechos fundamentales
tantas veces conculcados en relación a este grupo de seres humanos y el cese de
actitudes o manifestaciones que, empleando lo que no son sino falacias, nos
desprestigian como país que lo fue y lo está volviendo a ser de emigración activa,
permitiendo y aun alimentando con absoluta irresponsabilidad entre la población
actitudes xenófobas frente al extranjero y criminalizando sus necesidades básicas o
responsabilizándole de un gasto estatal a cuya compensación con los
correspondientes ingresos vía impositiva indirecta y/o directa ha contribuido y
contribuye con su esfuerzo. En la misma medida reclamamos de tales poderes
públicos así como del propio gobierno del Poder Judicial la promulgación de la
regulación y dotación de medios necesarios para que los centros de internamiento
de extranjeros dejen de ser lugares a cuyas puertas se detenga el Derecho y pierda su
vigencia real el reconocimiento de la dignidad del ser humano.
Barcelona, a 27 de abril de 2012
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